La Formación Profesional de Grado Básico es una vía educativa diseñada para jóvenes que no han finalizado la Educación Secundaria Obligatoria (ESO) y desean enfocar su aprendizaje de una manera más práctica y conectada con la realidad laboral. Esta etapa permite al alumnado aprender un oficio desde la base, obtener simultáneamente el título de Técnico Básico y el de Graduado en ESO, y prepararse para dar el salto, si lo desean, a un ciclo de Grado Medio. A continuación, se detallan los requisitos de acceso vigentes para esta etapa.
El acceso a los ciclos formativos de Grado Básico requerirá el cumplimiento simultáneo de los siguientes requisitos:
- Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso.
- Haber cursado el tercer curso o, excepcionalmente y a criterio del equipo docente y el responsable de la orientación en el centro, el segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria (ESO).
- Ser objeto de propuesta o solicitar a petición propia, junto con los padres, madres o tutores legales, la incorporación a un ciclo formativo de grado básico, cuando el perfil vocacional del alumno o alumna así lo aconseje.
Nota: Las administraciones educativas determinarán la intervención del alumnado, sus familias y los equipos o servicios de orientación en este proceso (Consejo Orientador según Orden EDU/424/2024, de 9 de mayo).
- En el supuesto de realización de ciclos formativos de grado básico en régimen intensivo, el alumno deberá tener cumplidos 16 años para poder acceder a la formación práctica en empresa por esta modalidad, al estar vinculada a la contratación.
(*) Excepción para alumnado extranjero no escolarizado previamente:
El requisito previsto en la letra b) no será de aplicación en el caso de jóvenes entre 15 y 18 años que no hayan estado escolarizados en el sistema educativo español y cuyo itinerario educativo aconseje su incorporación a un ciclo formativo de grado básico como el itinerario más adecuado. Las administraciones competentes deberán garantizar, en función del perfil del alumnado y en colaboración con las administraciones locales y otros organismos, que la persona en formación posee los conocimientos del idioma que le permitan el seguimiento de la formación.



