Acceso a Ciclos de Grado Superior desde Grado Medio
La normativa que regula el acceso y la admisión a la Formación Profesional ha sido actualizada con la entrada en vigor del Real Decreto 659/2023 (estatal) y su adaptación en Castilla y León mediante la ORDEN EDU/602/2022 (modificada por la ORDEN EDU/464/2024).
De acuerdo con esta normativa vigente, el alumnado que esté en posesión del título de Técnico (Grado Medio) tiene acceso directo a los ciclos de Grado Superior sin necesidad de superar una prueba de acceso. A continuación, se detallan los cupos de reserva y los criterios de baremación actuales:
Reserva de plazas
Cuando no existan plazas suficientes en el ciclo formativo de grado superior solicitado, se aplicará el siguiente procedimiento de adjudicación:
- Cupos de reserva legal: Se reservará un mínimo del 5% de las vacantes para el alumnado que acredite un grado de discapacidad igual o superior al 33%, y otro 5% para quienes tengan la condición legal de deportista de alto nivel o alto rendimiento.
- Distribución por Vías de Acceso: Una vez reservadas las plazas anteriores, los centros adjudicarán las vacantes restantes aplicando los siguientes porcentajes:
- Vía 1 (85% de las plazas): Para alumnado que esté en posesión del título de Bachiller o del título de Técnico (Grado Medio). La distribución de este cupo será del 50% para cada uno de los dos colectivos.
Importante: Se otorgará prioridad absoluta a los estudiantes que hayan finalizado estos estudios durante los tres últimos cursos académicos. - Vía 2 (10% de las plazas): Para alumnado que acceda mediante prueba de acceso o curso de formación específico.
- Vía 3 (5% de las plazas): Para personas que ya tengan un título de Técnico Superior o titulación universitaria.
- Vía 1 (85% de las plazas): Para alumnado que esté en posesión del título de Bachiller o del título de Técnico (Grado Medio). La distribución de este cupo será del 50% para cada uno de los dos colectivos.
Criterios de baremación (Vía de acceso: Título de Técnico)
Cuando no existan plazas suficientes dentro del cupo destinado a los titulados en Grado Medio para atender todas las solicitudes, la admisión se realizará teniendo en cuenta los siguientes criterios (Anexo I de la Orden EDU/464/2024):
| Criterios evaluables | Puntuación / Valoración |
|---|---|
| 1. Expediente académico: Nota final del título de Técnico. | Nota media expresada con dos decimales |
| 2. Afinidad: Haber cursado un ciclo de Grado Medio cuya familia profesional esté incluida en la misma opción que el ciclo de Grado Superior solicitado. | Suma puntos adicionales |
| 3. Familia numerosa: Ostentar la condición legal de familia numerosa. | Suma puntos adicionales |
| 4. Titulación en la Comunidad: Haber obtenido el título de Técnico en centros docentes del ámbito territorial de Castilla y León. | Suma puntos adicionales |
| 5. Titulación limítrofe: Haber obtenido el título de Técnico en un centro docente de una provincia limítrofe a Castilla y León. | Suma puntos adicionales |

